Situación personal

Vender coche tras fallecimiento del cónyuge: trámites

El fallecimiento del cónyuge propietario del coche abre un proceso hereditario que afecta directamente a la posibilidad de venderlo. Te explicamos los trámites legales y las opciones según el régimen matrimonial.

Si el coche era ganancial

La mitad pertenece al cónyuge sobreviviente desde el momento del fallecimiento (sin ser herencia). La otra mitad va a herencia. El cónyuge sobreviviente normalmente la hereda también (parte usufructo + nuda propiedad), salvo que el testamento diga otra cosa.

Si el coche era privativo del fallecido

Va íntegramente a herencia. El cónyuge sobreviviente lo recibe según testamento (legítima viudal de usufructo) o según declaración de herederos.

Documentación necesaria

Certificado de defunción, certificado de últimas voluntades, testamento o declaración de herederos abintestato, escritura de aceptación de herencia, justificante del Impuesto de Sucesiones pagado.

Plazo del Impuesto de Sucesiones

6 meses desde el fallecimiento, prorrogables a 6 meses más. Hay que pagar antes de vender el coche, salvo que la operación se haga inmediatamente y el coche se adjudique al cónyuge sobreviviente como parte de la herencia.

Vender directamente sin cambio de nombre

Si vendes a un compraventa profesional, podemos comprar antes del cambio formal a tu nombre, con consentimiento expreso firmado y aceptación de herencia ya hecha. Acelera el proceso varias semanas.

Apoyo emocional + práctico

Estos trámites en momentos de duelo pesan mucho. Si necesitas que tomemos las riendas del proceso, lo hacemos: solo nos das los documentos y nosotros gestionamos. Es uno de los servicios donde más diferencia notamos respecto a un compraventa común.

Pídenos asesoramiento

En estos casos delicados, te asesoramos sin compromiso. Por WhatsApp con prioridad.

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